Obligaciones y directrices para obras realizadas por los propietarios y para sus trabajadores

La estructura exterior y el aspecto estético de todos los edificios de la Comunidad están fijados por ley y únicamente pueden ser modificados mediante acuerdo unánime de los propietarios en junta general y, en algunos casos, por el arquitecto que los diseñó. Toda modificación de la propiedad privada y comunitaria se rige por la ley, y podría ser necesaria la concesión de licencia por parte de la autoridad local correspondiente (son de aplicación los Estatutos de la Comunidad, en particular el Art. X (19) – (21)).

Es obligación del propietario de cada apartamento asegurarse de que cualquier modificación que haga en su apartamento cumpla con las normas y reglamentos establecidos por la legislación local, regional y nacional correspondiente, así como obtener las licencias oportunas.

Podría requerirse un depósito ascendente al 10% del coste de la obra como garantía de los daños que pudieran causarse al estado general de las calles o cualquier otro daño que pudiese producirse (Art. X (21)).

Por tanto, toda obra requiere del permiso de la Comunidad y, en aquellos casos en que dicho permiso haya sido concedido en principio (ver abajo) y se incluya en estas Normas, el Administrador deberá ser informado puntualmente antes de que comiencen las obras.  

Todo propietario que realice alteraciones de elementos comunes será responsable de cualquier problema estructural o de otro tipo y de los daños causados a zonas vecinas como consecuencia de dichas obras. Además, perderán de manera efectiva la garantía de la Comunidad sobre las zonas situadas en el entorno de dichas alternaciones. Por ejemplo, si un propietario retira la jardinera situada entre los dos pilares de su terraza, de acuerdo con la ley española que rige a las comunidades de propietarios, el propietario dejará de contar con la garantía de la comunidad sobre la totalidad de su terraza.

Condiciones generales de aprobación

No se permitirá el acceso a la urbanización de ningún trabajador o vehículo salvo que nuestro Administrador haya facilitado un plan preaprobado de trabajo a nuestro conserje.

Toda solicitud para la realización de obras debe ir acompañada de una carta firmada por el propietario detallando quién va a realizar las obras, así como la duración de las mismas. El propietario eximirá de toda responsabilidad a la Comunidad por cualquier accidente o daño producido durante la ejecución de las obras. La carta de solicitud también incluirá la confirmación por parte del propietario de que acepta toda responsabilidad derivada de aquellos daños que las obras o los trabajadores pudiesen causar a los bienes de la Comunidad o a cualquier persona, sin límite temporal.

La Comunidad requiere al propietario que visite personalmente al Administrador antes de la aprobación de las obras cuando se considera que el propietario debe ser informado de los requisitos a cumplir por las obras desde un punto de vista legal, de supervisión y de calidad.

Podrán realizarse obras de emergencia sin permiso previo, si bien estas deberán ser comunicadas al Administrador en un plazo de 24 horas.  

Se ruega consultar nuestro Reglamento Interno y nuestros Estatutos antes de presentar una solicitud para la realización de cambios en la estructura del apartamento.

Todo propietario que desee abrir la habitación en la cubierta del ático debe antes facilitar al Comité Directivo las características de las obras necesarias para su aprobación, así como firmar una exención de responsabilidad, antes de que puedan dar comienzo las obras.

Los propietarios deberán solicitar permiso, a través del Administrador, si desean colocar una cuba o materiales en las zonas comunes. Se denegará el acceso a la Comunidad a los vehículos de los albañiles salvo que cuenten con la autorización previa del Administrador.

Al hacerse la entrega en la Comunidad de una cuba que ha sido aprobada, el Contratista deberá coordinarse con nuestro Conserje para su ubicación.

Toda obra incluida en la categoría de obras preaprobadas será aprobada en un plazo de 7 días hábiles a partir de la recepción de una solicitud debidamente presentada en la Oficina de Gestión de la Comunidad.

Modificación de paredes medianeras/compartidas

Ninguna obra aprobada que interfiera o linde con el muro medianero entre 2 o más propietarios será aprobada hasta que el propietario solicitante haya obtenido el acuerdo por escrito de su vecino(a) a las obras propuestas.

Si el propietario tiene problemas para contactar con su vecino, nuestra Administración le ayudará enviando la solicitud por e-mail a su vecino. De no recibirse respuesta en dos semanas, volverá a ser enviada por e-mail.

Si transcurridos otros 7 días no se recibiese respuesta al segundo e-mail, el Administrador notificará de manera formal al vecino avisándole de que, de no responder en un plazo de 14 días, las obras serán aprobadas con sujeción a que la solicitud cumpla con cualesquiera otros requisitos que fuesen de aplicación.

En caso de que un vecino se oponga a las obras, el Comité Directivo analizará sus motivos y, de ser necesario, solicitará asesoramiento legal sobre el modo de proceder. 

Todo coste que se derive de una solicitud deberá ser totalmente reintegrado a la Comunidad.

Horas y periodos de trabajo

Sólo se aprobará la realización de trabajos ruidosos o que provoquen suciedad, incluyendo los estructurales, entre el 2 de noviembre y el 30 de abril. Sólo se pueden realizar trabajos ruidosos de 9:00 h a 14:00 h, y de 17:00 h a 20:30 h, de lunes a viernes, y nunca en festivos nacionales o locales.  

El Comité Directivo será el árbitro de lo que se considera ruidoso o causante de suciedad.

Modificaciones y mejoras aprobadas

Todo cambio aprobado en las zonas interiores y exteriores de los apartamentos deberá ser especificado, y una copia de dichas especificaciones estará disponible en la Oficina de Gestión de la Comunidad.

Sólo se aprueban las siguientes obras y adiciones exteriores a los apartamentos:

  • Instalación de toldos del material aprobado (ver a continuación).
  • Instalación de cortinas de cristal (ver a continuación).
  • Instalación de rejas de seguridad, fabricadas según el diseño y color aprobados.
  • Instalación de pérgola en ciertas situaciones (ver a continuación).
  • Instalación de persiana enrollable en ciertas situaciones (ver a continuación).
  • Instalación de iluminación y ventiladores, siempre y cuando no se provoquen molestias a los vecinos ni a otros propietarios.
  • Obras interiores que no molesten a los vecinos.
  • Retirada de ladrillos: SÓLO se podrá quitar una hilera de ladrillos de celosía de la parte de arriba de la pared exterior del dormitorio principal en los bajos, dejando esa pared a una altura de 76 cm. Los laterales de los pilares a ambos lados de la pared deben ser restaurados y pintados del mismo modo que las paredes que los rodean. Ninguna otra pared podrá ser modificada.

Toda obra que no figure en esta lista de obras preaprobadas será presentada al Comité Directivo para que la tome en consideración en su próxima reunión.

Las siguientes obras podrán realizarse en los apartamentos durante todo el año, siempre que se haya obtenido la aprobación previa necesaria y se haya facilitado la documentación necesaria antes de que tengan lugar las obras:

DETALLES DE MODIFICACIONES Y MEJORAS APROBADAS

Toldos.

Utilizar únicamente el color de referencia de la comunidad, Marte ref. 2121.

Cortinas de cristal

Los paneles de cristal y su método constructivo deben adecuarse a nuestras especificaciones, que se encuentran en la Oficina de Gestión de la Comunidad.

Sólo pueden instalarse cortinas de cristal bajo las zonas ya techadas con hormigón o ladrillo en las terrazas de los apartamentos, allí donde la terraza está completamente cubierta hasta la parte delantera de la barandilla o pared, salvo que la Promotora hubiese dado su aprobación conforme a condiciones transitorias (ver Art. LI de los Estatutos).

Las cortinas de cristal que se instalen NO podrán tener más de 4 cm de anchura en el marco de aluminio visible desde el exterior del apartamento.

Todos los paneles verticales deben estar hechos de cristal sólido, sin marcos de aluminio intermedios.

Todos los marcos de aluminio deben ser blancos, salvo que estén directamente unidos a una viga de madera marrón, en cuyo caso se podrán utilizar marcos marrones para que coincidan con el color de la viga.

Otros paneles de cristal aprobados para las terrazas

Paneles de cristal aprobados para los lavaderos

Cristal opaco aprobado para los lavaderos

Puertas de metal y madera aprobadas entre terraza y jardín

Modelo aprobado de canalones y bajantes

Rejas.

A continuación se muestra el modelo de reja en varias ubicaciones potenciales:

El color es “Negro forja”.

Pérgolas.

A continuación se muestran los diseños aprobados para las pérgolas:

En todos los casos debe aportarse un plano y un diseño técnico con anterioridad a su aprobación. Toda la madera de las pérgolas debe ser pintada de conformidad con las características y color especificados para las barandas de madera en la Comunidad.

Cerramiento de la zona de cocina.

Se podrá erigir una pérgola cubierta y cortina de cristal en la terraza de ciertos áticos, pero deben estar construidas de conformidad con los planos aprobados que se encuentran en la Oficina de la Administración:

Persianas enrollables

Las persianas no podrán sobresalir del borde interior del hueco de la ventana y deberán ser siempre blancas y exactamente del mismo diseño que la persiana de la siguiente fotografía:

Cambios en los lavaderos exteriores

Los lavaderos exteriores de ciertos apartamentos podrán mejorarse mediante la colocación de una cubierta del modo especificado en las medidas aprobadas por la Junta General, que se encuentran en la Oficina de la Administración.  

Los propietarios que pretendan utilizar esta zona de lavadero como trastero deberán instalar ventanas de cristal esmerilado entre el arco y la mampostería para ocultar los contendidos antiestéticos.  

También podrán añadirse a la estructura otras ventanas y/o una puerta según el diseño permitido por la Promotora conforme a Disposiciones Transitorias:

Mantenimiento de plantas en las zonas privadas de los propietarios

Todo propietario que instale plantas o árboles en las zonas exteriores, patios y cubiertas de su propiedad debe asegurarse de que las cargas que el soporta suelo como consecuencia de dichas plantas y sus maceteros no exceda de la carga permitida para los suelos de la propiedad.

Ni las plantas ni los árboles deben sobresalir de los límites del apartamento y sus terrazas.

Es responsabilidad del propietario asegurarse de que las plantas y los árboles estén fijados de manera segura para soportar los efectos de los elementos. Todo daño causado como consecuencia de la caída de árboles, ramas, maceteros o plantas será responsabilidad exclusiva del propietario.

Todas las plantas y árboles deben ser cuidadas y bien mantenidas para no menoscabar el aspecto de la Urbanización.

Losas y jardineras en las terrazas

Todas las terrazas son propiedad de la Comunidad y, por tanto, el mantenimiento estructural es responsabilidad comunitaria. No obstante, están destinadas únicamente a uso privativo, por lo que los propietarios son responsables del mantenimiento diario de sus terrazas.

No se permiten alteraciones en la estructura, y el efecto estético del edificio no debe, por ley, ser alterado. No obstante, los propietarios deberán solicitar permiso al Comité Directivo para reemplazar las losas de su terraza por un diseño adecuado de su elección.  Ningún cambio de ese tipo debe ser visible desde el exterior del apartamento, por lo que no debe conllevar la retirada de la hilera de losas situada en el borde de la terraza en su unión con la barandilla de madera.

De ser necesario retirar la primera fila de losas originales del borde de la terraza, o las losas de la escalera, el Propietario deberá antes presentar a la Administración una muestra de la losa de recambio para su aprobación antes de instalarla.

Todo propietario que haga ese cambio será responsable de cualquier problema estructural que surja bajo las losas o como consecuencia de una instalación o mantenimiento incorrectos.

El Promotor de la Urbanización ha retirado las jardineras de ladrillo de algunas terrazas conforme a Disposiciones Transitorias (Art. LI de los Estatutos).  Por tanto, todo propietario que desee retirar su jardinera lo podrá hacer siempre y cuando lo comunique al Administrador antes de empezar cualquier trabajo y cumpla con las Condiciones Generales.

CARACTERÍSTICAS DE LA PINTURA

Hay un color, calidad de pintura y método de aplicación específico para pintar las vallas, puertas y pérgolas de madera de las terrazas y balcones de la urbanización. 

Ref.: Color teka 085 satinado; marca: Sikens

Hay un color y calidad de pintura para metal y método de aplicación específicos para las barandillas, puertas y rejas de ventana metálicas. 

Ref.: Color negro forja

Hay un color específico de pintura para las paredes exteriores de los edificios.

Ref.: Color “piedra de Francia”, marca: “Istobal”, que se puede comprar en PINTURAS MATA (San Pedro de Alcántara o Marbella)

ADICIONES EN LOS GARAJES

Cinta señalizadora de rayas rojas y blancas para su colocación en los pilares situados junto a las plazas de aparcamiento de los propietarios. 

Cubierta de malla de aluminio para salidas de humo en los garajes de los bloques.

Código:  konigin K1421

Especificaciones de uso y aplicación en poder de la Administración. La malla debe ser aplicada a todas las salidas de humo de un bloque individual.   

28.03.25