INTRODUCCIÓN

Le informamos que la traducción al español de este Reglamento es la única versión legal.

Marqués de Atalaya es una Comunidad de Propietarios, según se define en la Ley de Propiedad Horizontal española, y se rige por los Estatutos de la Comunidad, que, junto con este Reglamento Interno, imponen obligaciones legales a todos los Propietarios.

Este Reglamento interpreta los Estatutos y proporciona directrices de obligado cumplimiento sobre el uso de las instalaciones comunes y el comportamiento de los residentes, visitantes y familias durante su estancia en Marqués de Atalaya. Es establecido y aprobado por la Comunidad de Propietarios y puede ser modificado por acuerdo de la Junta General convocada en los términos establecidos en los Estatutos de la Comunidad.

Este Reglamento es de obligado cumplimiento para todos los Propietarios y el personal de la Comunidad estará facultado para velar por su cumplimiento. Cualquier gasto administrativo en que incurra la Comunidad, incluyendo el tiempo de personal y los materiales, como resultado del incumplimiento de estas normas podrá ser reclamado al propietario responsable.

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Las funciones y obligaciones del Presidente y el Vicepresidente, así como la función del Comité de Gestión, se establecen en los Artículos 28, 33 y 34 de los Estatutos de la Comunidad.

El Presidente es elegido como representante legal de la Comunidad y es responsable de garantizar su gestión conforme a la Ley, los Estatutos y el Reglamento, así como del correcto funcionamiento de los negocios en beneficio de todos los Propietarios. El Presidente rinde cuentas a los Propietarios y presidirá las Juntas Generales, foro en el que rendirá cuentas y donde solicitará la dirección y las decisiones de gestión importantes de los Propietarios.

El Presidente cuenta con el apoyo de dos Vicepresidentes y un Comité de Gestión electo que asesora en materia de política y gestión. Sus miembros son representantes de los Propietarios y todos los miembros del Comité de Gestión firman un Código de Conducta para garantizar un comportamiento adecuado en beneficio de la Comunidad. El Presidente, los Vicepresidentes y los miembros del Comité de Gestión normalmente ejercerán su cargo por un periodo de dos años, pero podrán ser reelegidos por un periodo mayor.

Cualquier persona que esté al corriente de sus pagos puede presentarse como candidata para formar parte del Comité de Gestión.

Empleados/Personal de la Comunidad

La Comunidad cuenta con un Administrador, cuyas funciones se describen en los artículos 24, 32 y 36 de los Estatutos. El representante del Administrador está disponible en la oficina de la comunidad los días laborables en los horarios que se anuncian. En otros horarios, se puede contactar con el personal del administrador por teléfono (951 27 40 58). La función del representante es gestionar los asuntos de la Comunidad, en nombre del Administrador y del Presidente.

La Comunidad cuenta con un único miembro del personal: el Jefe de Mantenimiento, quien trabaja para el Presidente o Vicepresidente. El resto de los trabajadores son contratados y gestionados por su empresa matriz a través del Administrador. Todas las instrucciones relativas a sus funciones deben ser impartidas por su empleador o por el Presidente, a través del Administrador cuando sea necesario, en nombre de los Propietarios. En caso de averías o quejas sobre el correcto funcionamiento de la Comunidad o las actividades de su personal, los residentes deberán informar al Administrador, quien tomará las medidas pertinentes.

NORMAS GENERALES

Norma 1 – Obligaciones de los Propietarios

Todos los propietarios, residentes, sus familiares y visitantes están sujetos a las obligaciones establecidas en el Artículo X de los Estatutos. El propietario de cada vivienda es el único responsable de las acciones de sus familiares, inquilinos y visitantes que se encuentren en la Comunidad en cualquier momento.

En particular:

No se podrán realizar actividades ruidosas o molestas entre las 00:00 y las 8:00 h ni durante la siesta (de 14:00 a 17:00 h).

No se podrá tender ropa, bañadores, toallas, alfombras, tapetes, sábanas ni ninguna otra prenda en la terraza, balcones, ventanas o azotea. Se utilizarán únicamente tendederos plegables, que deberán estar ocultos a la vista para que no afecten a la estética de la propiedad de la Comunidad (Artículo X.18 de los Estatutos de la Comunidad). Se prohíbe la instalación de antenas parabólicas en las terrazas privadas sin la autorización del Comité de Gestión en nombre de la Comunidad (Artículo X.19 de los Estatutos).

Solo se permiten barbacoas de gas en las terrazas. Sin embargo, se permiten barbacoas de carbón o leña en las azoteas de los APARTAMENTOS DE LA PLANTA ALTA, siempre que estén dentro de un contenedor metálico.

No se puede almacenar ningún objeto, excepto vehículos particulares, en las plazas de garaje. Cualquier otro objeto que pueda suponer un peligro de incendio debe retirarse. La Comunidad no se hace responsable de los objetos que se dejen sin vigilancia.

No se permiten juegos de pelota en la propiedad comunitaria.

Mascotas:

Los residentes no pueden tener ni permitir mantener  animales salvajes ni de granja; y deben mantener a las mascotas domésticas fuera de las zonas comunes, a menos que se cumpla estrictamente la ordenanza municipal (Artículo X.13 de los Estatutos).

Los perros deben mantenerse bajo control y atados en todo momento dentro de la Urbanización.

Se debe evitar que los perros defequen en el Recinto Comunitario y los propietarios deben recoger cualquier suciedad que causen. Cualquier propietario que permita que su perro defeque en las zonas verdes estará sujeto a una tasa administrativa de 150 euros.

No se debe permitir que los perros causen molestias ni ruido excesivo, especialmente por la noche y durante las horas de descanso de los vecinos. Además, existen nuevas leyes de Bienestar Animal en España (Consulte los consejos en: www.citizensadvice.org.es) y los propietarios deben asegurarse de cumplir estas nuevas normativas, que incluyen la contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil a partir del 29 de septiembre de 2023.

Seguro de Responsabilidad Civil:

Los propietarios deben contratar un seguro de responsabilidad civil que les cubra, a ellos y a sus bienes, ante cualquier eventualidad en la que la responsabilidad, incluida la responsabilidad civil, sea atribuible directa y exclusivamente al propietario, a sus inquilinos o a sus visitantes.

Norma 2 – Acceso a la Comunidad.

La entrada a la Comunidad estará controlada por el Conserje o Vigilante de turno, quien solicitará a todos los visitantes que se identifiquen y registrará sus nombres, matrícula de los vehículos y horarios de entrada y salida. Los visitantes de negocios deberán indicar el nombre de la empresa a la que representan.

El personal solicitará permiso al propietario correspondiente (por intercomunicador o por teléfono) antes de permitir el acceso a cualquier visitante a la Urbanización.

A los visitantes se les entregará un cartel de visitante que deberán exhibir en su vehículo.

Norma 3 – Alquiler de apartamentos y cumplimiento

Si un propietario alquila su apartamento, debe cumplir con todas las normas legales y proporcionar a la Comunidad una autorización para que sus inquilinos accedan a la Urbanización. El propietario debe proporcionar al Administrador los datos del pasaporte de todas las personas mayores de 16 años que alquilen una propiedad en Marqués de Atalaya para que el Conserje los utilice a efectos de identificación.

Todos los inquilinos, ya sean de larga estancia o vacacionales, deben conocer y aceptar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Comunidad. Sin embargo, la responsabilidad legal por las acciones y el comportamiento de cualquier inquilino o visitante dentro de la Comunidad recae exclusivamente en el propietario del apartamento correspondiente.

Todos los propietarios que alquilen su propiedad a corto plazo (alquileres de 10 semanas o menos) después del 3 de abril de 2025 deben solicitar una licencia a la Administración. Los propietarios que hayan alquilado sus propiedades anteriormente a corto plazo no necesitan solicitar una licencia actualmente. Todas las propiedades utilizadas para alquiler a corto plazo atraerán un aumento de la tarifa de la comunidad de propietarios del 5% después del 3 de abril de 2026.

VEHÍCULOS, GARAJES Y ESTACIONAMIENTO

Norma 4 – Uso de Vehículos y Estacionamiento

El límite de velocidad dentro de la Comunidad es de 20 km por hora (Véase el Artículo X14 de los Estatutos).

No se permite el estacionamiento de caravanas, embarcaciones, motos acuáticas, scooters u objetos similares en las plazas de aparcamiento al aire libre. Los coches podrán estacionarse en estas plazas durante un máximo de siete días (Véase el Artículo X16 de los Estatutos). Los vehículos que excedan este límite estarán sujetos a una Tasa Administrativa de 300 euros semanales.

Las motocicletas, scooters y bicicletas deben usarse de forma responsable y no deben dejarse sin supervisión. Se prohíbe el uso de patinetes en las vías públicas o en cualquier lugar de la Comunidad. Los patinetes eléctricos solo se pueden utilizar para el transporte personal y deben circular por las vías públicas y no en ningún otro lugar.

El camino de incendios, que discurre paralelo a la valla del campo de golf, no está destinado al uso de ningún vehículo. Debe permanecer libre en caso de emergencia en todo momento.

Norma 5 – Garajes

La zona de garajes comunitarios es de uso exclusivo para los propietarios de las plazas de aparcamiento privadas individuales. Las almohadillas protectoras para los pilares de todos los garajes deben cumplir con el diseño estándar aprobado que se muestra en el Anexo del Reglamento Interno.

Las puertas de los garajes dentro de la Comunidad deben permanecer cerradas en todo momento, excepto cuando se utilicen para entrar o salir.

Norma 6 – Almacenamiento de materiales inflamables

Todos los vehículos deben llevar una pegatina de aparcamiento claramente visible, emitida por el Administrador, que indique su permiso para aparcar dentro de la Comunidad. Estas pegatinas son intransferibles y deben renovarse anualmente. Los vehículos no autorizados que se estacionen en las plazas designadas podrán ser remolcados a expensas del propietario sin previo aviso.

No se pueden utilizar materiales inflamables ni repostar dentro del aparcamiento.

PISCINAS, SPA Y GIMNASIO

El horario de apertura de las piscinas se determinará anualmente y será publicado por el Administrador para los propietarios.

Norma 7 – Uso de Piscinas, Gimnasio, Jacuzzi, Sauna y Baño Turco

El acceso a las zonas de Piscina se realiza mediante un mando a distancia pre-programado. Se han asignado dos mandos a cada apartamento. Los propietarios pueden adquirir dos mandos adicionales (hasta un máximo de 4 mandos por apartamento) a un precio de 30 € cada uno.

Según la licencia concedida por la Junta de Andalucía, está prohibido nadar en las piscinas exteriores, excepto en presencia de un socorrista. Todas las instrucciones del socorrista deben obedecerse en todo momento. El socorrista está autorizado a solicitar a cualquier persona responsable de cualquier alteración, problema o acción que ponga en peligro al resto de la Comunidad que abandone las zonas de piscina inmediatamente.

La Comunidad no se responsabiliza de las acciones de quienes utilicen estas instalaciones.

En las piscinas exteriores y sus alrededores, los menores de 13 años deben estar siempre acompañados y supervisados ​​por un adulto mayor de 18 años. La piscina cubierta solo se puede usar durante el horario de apertura indicado y existen horarios específicos para niños y adultos.

El gimnasio, el jacuzzi, la sauna y el baño turco son para uso exclusivo de mayores de 16 años.

Los menores de 16 años deben estar acompañados y supervisados ​​por un adulto mayor de 18 años en la zona de la piscina cubierta.

Norma 8 – Conducta en las zonas de la piscina

Las normas de conducta establecidas en esta norma son obligatorias en las zonas de la piscina, incluida la zona de relax en la terraza junto a la piscina cubierta.

La piscina superior al aire libre está reservada para nadadores competentes y está designada como zona “tranquila”. En ella no se pueden utilizar objetos que no sean dispositivos de ayuda para la natación.

La piscina inferior se puede utilizar para juegos e hinchables, pero solo se pueden utilizar pelotas blandas.

No se permite el acceso con vasos de ningún tipo a las piscinas exterior o interior, al spa ni al gimnasio. No se permite el buceo en ninguna de las piscinas. No se permite música ni radio en las zonas de piscina ni spa. Se permiten auriculares personales.

Los bebés y niños pequeños deben usar pañales adecuados para nadar en todas las piscinas. Por favor, deséchelos en sus apartamentos.

Se deben usar chanclas o calzado similar en las zonas de piscina. No se permite nadar desnudo ni tomar el sol.

No se permite reservar tumbonas ni sombrillas.

Las sombrillas deben cerrarse cuando haya viento para evitar peligros para otros usuarios de la piscina y su rotura.

Está prohibido dejar cualquier tipo de residuo, incluidas colillas, en las zonas de piscina.

Se prohíbe la entrada de perros y otros animales a las zonas de piscina.

Es obligatorio ducharse antes de entrar en las piscinas.

Norma 9 – Conducta en el spa, gimnasio y piscina cubierta

Las siguientes normas son obligatorias en el spa y el gimnasio:

No fumar.

Solo se permiten dispositivos de ayuda para la natación en la piscina cubierta.

Es obligatorio el uso de gorro de baño en la piscina cubierta.

No se podrá introducir ni consumir ningún alimento en estas zonas.

PISTA DE TENIS

Norma 10 – Uso de la Pista de Tenis

La Pista de Tenis solo se puede usar para jugar al tenis. Está abierta de 9:00 a 22:30. Es para uso exclusivo de Propietarios e Inquilinos.

Las reservas de pista se pueden realizar en la recepción de seguridad a partir de las 7:00. Por favor, indique su nombre y número de apartamento.

Cada apartamento puede tener una pista reservada a su nombre por un máximo de una hora al día, para uso exclusivo de los residentes y sus invitados. Por lo tanto, si los jugadores han jugado en una pista reservada durante una hora, no podrán reservar otra hora para sí mismos durante ese mismo día.

Solo se aceptarán reservas con un día de antelación.

Cualquier Propietario o Inquilino puede jugar en la pista en cualquier momento que no haya sido reservada.

Ningún visitante puede jugar en la pista a menos que esté acompañado por un Propietario o Inquilino que resida actualmente en nuestra Comunidad.

Se debe usar ropa deportiva y calzado deportivo durante el juego en la pista. No se permite el acceso de vehículos con ruedas, incluidas bicicletas y patinetes.

OTRAS NORMAS

Norma 11 – Residuos domésticos

Los residuos domésticos solo deben depositarse en bolsas de plástico selladas o contenedores similares. Las bolsas deben depositarse en los contenedores de basura municipales, ubicados fuera del complejo, y no en las papeleras disponibles en el recinto.

No se debe dejar basura en los pasillos ni en otras zonas comunes en ningún momento.

Norma 12 – Zonas privadas de los apartamentos

Los elementos privados solo se podrán modificar o ampliar con el consentimiento previo del Comité de Gestión o de la Junta General de Propietarios.

Los propietarios deben solicitar permiso al Administrador, quien podrá proporcionar una guía detallada en el Anexo de estas Normas.

No se permite el uso de plásticos de ningún tipo en las zonas exteriores de los edificios comunitarios debido al riesgo de incendio.

El suministro eléctrico en el sótano de cada bloque corre a cargo de la Comunidad. Cualquier abuso de este servicio, especialmente en los trasteros, resultará en la desconexión del suministro. Los propietarios que deseen utilizar la energía eléctrica para cargar vehículos u otros fines importantes deben informar al Administrador, quien les ayudará a instalar la conexión eléctrica correspondiente, asumiendo los gastos correspondientes.

Norma 13 – Procedimientos para la tramitación de quejas contra propietarios individuales

Antes de recurrir a la Administración o al Comité de Gestión, el denunciante deberá hablar primero con la persona presuntamente infractora para intentar resolver el problema entre ambos. Habrá algunos problemas que no puedan resolverse de esta manera, pero debe ser la primera opción. Si no logran resolverlo entre ellos, la Administración puede convocar una reunión entre ambas partes e intentar mediar para encontrar una solución.

Si esto no resuelve el problema, la queja puede remitirse al Comité de Gestión.

Norma 14 – Buena vecindad y comportamiento

Todos los propietarios, visitantes, empleados de la comunidad y contratistas visitantes deben adherirse al siguiente Código de Conducta cuando estén presentes en Marqués de Atalaya.

En particular, deben asegurarse de no causar molestias ni molestias a los demás, cumpliendo con las siguientes normas. No deben:

• hacer ruido excesivo dentro ni fuera de los apartamentos, trasteros ni zonas comunes;

• usar luces deslumbrantes;

• comportarse de forma grosera o incívica;

• gritar;

• hacer gestos ofensivos;

• calumniar o difamar a otros;

• incumplir los horarios permitidos para realizar trabajos ruidosos;

• no respetar los periodos de silencio durante la siesta (de 14:00 a 17:00) ni por la noche (después de las 21:00).

Recomendaciones

Por favor, use zapatillas dentro de su apartamento.

Se deben colocar protectores de fieltro en la base y/o las patas de los muebles.

El incumplimiento reiterado del Reglamento Interno o de los Estatutos podrá dar lugar a acciones policiales o civiles.